Artículo 8. |
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la siguiente información pública de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto al inicio de cada año o dentro de los siguientes 20 días naturales a que surja alguna modificación de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado:
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Fracción I. | Marco Normativo Las leyes, reglamentos, bandos de policía y gobierno, decretos, circulares, acuerdos y demás normas que regulen su actividad |
Fracción II. | Estructura Orgánica y atribuciones |
Fracción III. | Directorio de Servidores Públicos |
Fracción IV. | Sueldos, Salarios y Remuneraciones |
Fracción V. | Representación y Viáticos |
Fracción VI. | Unidad de Acceso |
Fracción VII. | Planes, Objetivos y Metas |
Fracción VIII. | Servicios, Trámites, Requisitos y Formatos |
Fracción IX. | Presupuesto asignado y su aplicación |
Fracción X. | Resultado de Auditorías |
Fracción XI. | Informes |
Fracción XII. | Enajenaciones |
Fracción XIII. | Reglas de operación, Padrón de beneficiarios, sumas asignadas y criterios de distribución |